Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar Servicios de Seguridad Privada en la Ciudad de México

Si estás buscando información sobre cómo realizar la Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México, has llegado al lugar correcto. En este artículo, te proporcionaremos toda la información necesaria para que puedas realizar este trámite sin problemas.
¿Cómo se realiza el trámite?
El trámite de solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México se realiza en línea, a través del portal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. A continuación, te presentamos los pasos a seguir:
- Ingresar al portal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
- Crear una cuenta de usuario.
- Ingresar al apartado de “Trámites y Servicios”.
- Seleccionar el trámite de “Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar Servicios de Seguridad Privada”.
- Llenar el formulario con los datos de la empresa o persona física que realiza la solicitud.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Realizar el pago de los derechos correspondientes.
Una vez que se han completado estos pasos, la solicitud será revisada por la Secretaría de Seguridad Ciudadana para verificar que se cumpla con todos los requisitos necesarios. Si se requiere alguna información adicional, se contactará al solicitante a través del correo electrónico proporcionado en la solicitud.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
La solicitud de licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México, puede ser realizada por una persona física o moral que tenga como objeto social la prestación de servicios de seguridad privada en la Ciudad de México. La persona física o moral debe estar registrada en la Secretaría de Economía y contar con un aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Seguridad Ciudadana.
Requerimientos
Para realizar el trámite de solicitud de licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Cumplir con los requisitos de los artículos 38 y 39 de la Ley de Seguridad Privada.
- Contar con la autorización previa de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para realizar el trámite.
- Ser una empresa constituida legalmente o persona física con actividad empresarial.
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Seguridad Privada (RNSP).
- Contar con los elementos de seguridad necesarios para prestar el servicio.
- Contar con la experiencia y capacitación necesarias en seguridad privada.
- No haber sido sancionado por violaciones a la Ley de Seguridad Privada en los últimos 2 años.
Además, debes presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente del representante legal de la empresa o persona física solicitante.
- Acta constitutiva de la empresa o registro de la actividad empresarial de la persona física.
- Constancia de inscripción en el RNSP.
- Comprobante de domicilio de la empresa o persona física.
- Acreditación de la experiencia y capacitación en seguridad privada de los elementos que prestarán el servicio.
- Carta compromiso de la empresa o persona física en cumplir con las disposiciones legales en materia de seguridad privada.
- Comprobante de pago de los derechos correspondientes.
- Debe descargar el Formato TSSC_SSCD_SLT_1 para ser llenado y adjuntado al realizar el trámite en línea. pdf.
Es importante tener en cuenta que la lista de requisitos y documentos puede variar dependiendo de la situación específica de cada solicitante.
¿Se podría realizar el trámite de manera presencial?
El trámite de solicitud de licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México, se puede realizar de manera presencial. Se debe acudir a la ventanilla única de atención a trámites y servicios de la SSC, ubicada en la calle de Liverpool número 136, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
En cuanto al plazo para la resolución del trámite, este puede variar dependiendo de la complejidad del mismo, sin embargo, la SSC se compromete a resolverlo en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud completa.
¿Cuál es el costo?
El costo para la Solicitud de Licencia tipo A y/o B para prestar servicios de seguridad privada en la Ciudad de México puede variar dependiendo del tipo de licencia que se requiera, así como de la duración de la misma.
Es importante destacar que el pago de los derechos correspondientes se realiza en línea, a través del portal de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, como parte del proceso de solicitud de la licencia. Se recomienda verificar el costo actualizado en el portal oficial antes de realizar el trámite.
La licencia tipo A y/o B tiene una vigencia de un año y debe ser renovada antes de su fecha de vencimiento. Además, es obligatorio contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil, así como cumplir con ciertos requisitos de capacitación y certificación de los elementos de seguridad privada que se contraten.
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