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Personas Trabajadoras del Hogar 2023-2024

Personas Trabajadoras del Hogar 2023-2024

Se considera que el trabajo del hogar es realizado por un grupo poco beneficiado, por esta razón el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ha creado un plan de acción, con el objetivo de brindar una calidad social a este grupo tan vulnerable, la finalidad de este sistema está orientado a garantizar la igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores de la población de México.

¿A quién va dirigido el Personas Trabajadoras del Hogar 2023-2024?

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El trabajo del hogar es realizado por aquellas personas que brindan sus servicios para la asistencia, aseo y todas las actividades inherentes a los hogares de una familia o de una persona. Estos trabajadores, pueden laborar para uno o varias familias, donde pueden o no residir.

En este sentido, todas aquellas personas que presten este servicio en hoteles, hospitales, casas de asistencia, restaurantes, entre otros. Son considerados bajo esta categoría.

Al momento de desempeñar un trabajo del hogar, se consideran tres clasificaciones, la primera, donde la persona trabaja para un solo patrón y tiene residencia en el hogar donde presta el servicio, la segunda aquellas personas que tienen un patrón, pero no residen en el hogar donde laboran y, por último, aquellos que poseen más de un patrón y no residen en ninguno de los hogares donde presta el servicio.

¿Cuáles son los derechos de las Personas Trabajadoras del Hogar 2023-2024?

Amparado a lo pactado entre el patrón y el trabajador, en caso de residir en el lugar donde prestamos el servicio, tenemos el derecho de percibir además del sueldo, los alimentos y una habitación.

Personas Trabajadoras del Hogar 2022-2023
Registro Personas Trabajadoras del Hogar 2022-2023

¿Cómo puedo ingresar al plan proporcionado por el IMSS: Personas Trabajadoras del Hogar 2023-2024?

Para poder ingresar al programa proporcionado por el IMSS, debemos realizar estos pasos sencillos:

  1. Registro de los datos del patrón

Para iniciar la tramitación, debemos ingresar los datos del empleador: la Clave Única de Registro de Población, el correo electrónico, la ubicación de domicilio, los datos de contacto y de forma opcional el Registro Federal de Contribuyentes o RFC.

  1. Registro de los datos del empleado del hogar

Una vez registrado los datos del patrón, debemos ingresar los datos de la persona trabajadora del hogar, estos son: el Número de Seguro Social (NSS), la Clave Única de Registro de Población, la ubicación de domicilio, el salario devengado por día y los días de trabajo.

  1. Generación del Formato de Incorporación

Seguidamente, debemos crear el formato de inscripción al programa Incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar. Así mismo, generar la línea de captura para poder realizar el pago correspondiente.

  1. Pago

En caso de realizar el pago de manera presencial, podremos realizarlo a través de la ventanilla bancaria. También podemos realizar el pago en línea, a través de una transferencia bancaria.

Para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales, tendremos hasta los 20 primeros días de cada mes.

Leer: Bienestar Madres Trabajadoras 

MAS INFORMACION

Observaciones:

    • El beneficio a la Persona Trabajadora del Hogar será otorgado a partir del primer día de cada mes y durante el tiempo que labore con su empleador.
    • Este proceso debe ser realizado cada mes, de esta forma garantizar el beneficio a nuestro trabajador.
    • En el caso que el día 20 sea no laboral, se tendrá oportunidad de cancelar hasta el próximo día hábil inmediato a este.

Preguntas Frecuentes

  • Trabajador

  1. ¿Qué sucede si mi patrón hace el registro con un monto por debajo del real que devengo?

Las prestaciones son obtenidas en dinero, con el salario reportado.

  1. ¿Debe cancelarse algún monto por el registro en el programa?

Todas las tramitaciones de este programa son gratuitas, por lo tanto, está prohibido el cobro por alguno de los tramites a realizar.

  1. En caso de haber finalizado los servicios con mi empleador ¿qué sucede con el pago mensual?

En el caso de tener una mensualidad anticipada y no se hace la cancelación de la siguiente mensualidad, los beneficios se pierden.

  1. ¿Es necesaria realizar la afiliación de manera mensual?

Solamente se realiza mensualmente el pago de las cuotas mensuales, para que esto suceda debemos poseer el documento para el pago, esto lo podemos hacer ingresando al sistema o asistiendo a la delegación cercana a nuestro lugar de residencia.

  1. ¿Debo realizar el registro en la clínica asociada, mensualmente?

Esto solo debemos realizarlo en caso de que hayamos hecho un cambio de residencia.

  1. ¿Puedo ingresar al programa en caso de ser extranjero?

Claro que sí, para ello debemos demostrar nuestra estancia de manera legal en el país y luego de tramitar nuestro número de seguro social.

  1. ¿Qué sucede en caso de tener más de un patrón?

Cada uno de ellos deben afiliarnos y cubrir el monto respectivo a las cuotas mensuales.

El pago en el banco puede, ser realizado por el empleador o por nosotros mismos.

  1. ¿Mi inscripción en el programa, beneficia a alguien más de mi familia?

La inscripción al programa beneficia a todo aquel que resida en nuestro hogar, esposo (a), concubino (a), hijos hasta 16 años y en caso de ser estudiantes hasta los 25 años, a nuestros padres en caso de que residan con nosotros y que dependan económicamente de nosotros.

  1. ¿Cuál es el monto que debo cancelar?

Esto está relacionado al salario que percibamos, para ello podemos consultar la calculadora en la página del IMSS http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/cuotas

  1. ¿Puedo perder el derecho al acceso del seguro popular, al momento de inscribirme en el programa?

Si, ya que el seguro popular hace una revisión periódica para verificar que sus beneficiarios no estén inscritos en el IMSS, esto indica que dejan de ser parte de la población con necesidad de atención.

  • Empleador

  1. ¿Quién es el encargado de realizar la inscripción en el registro de Personas Trabajadoras del Hogar?

El registro debe ser realizado por el empleador o patrón.

  1. ¿Dónde puedo realizar la tramitación de inscripción de mi empleado?

Puedes acceder a la página web www.imss.gob.mx ingresamos en “Personas trabajadoras del hogar”

Otra forma de inscribir a nuestro empleado es a través de la Subdelegación correspondiente a nuestro domicilio, lo podemos verificar a través de http://www.imss.gob.mx/directorio

  1. ¿Cuál es el monto para cancelar?

Esto está directamente relacionado con el salario que reciba nuestro empleado, podemos calcularlo a través de la calculadora de la página del IMSS, a través de http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/cuotas

  1. Si mi empleado trabaja para otros patrones ¿debo estar de acuerdo con ellos para la inscripción del programa?

No es necesario, ya que cada uno se pondrá al corriente de las cuotas correspondientes.

  1. ¿Cuál es el beneficio, por ingresar a mi empleado en el programa?

La inserción de la Persona Trabajadora del Hogar en el programa permite que posea una cobertura por algún accidente de trabajo, enfermedad grave o no, es decir, contará con la asistencia médica necesaria y el pago en caso de alguna incapacidad.

  1. ¿Qué hacer si deseo finalizar la relación laboral?

De acuerdo a la Ley Federal, en su artículo 343, se indica que se podrá dar por finalizado la relación de trabajo, sin ninguna responsabilidad, posterior a los 30 días del inicio del servicio y en cualquier tiempo, en este caso no se requiere la verificación del causante de culminación, cancelando la compensación de acuerdo a los lineamientos establecidos en los artículos 49 y 50.

  1. ¿Cuál es la edad mínima, para el ingreso al programa?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 174, se puede inscribir a las Personas Trabajadoras del Hogar, mayores de 15 años y menores de 18, los cuales deben poseer una constancia médica que certifique su condición para las labores, además deberán realizarse los exámenes médicos de manera periódica, según lo indiquen las autoridades laborales correspondientes, de no poseer estos requisitos, el patrón no puede contratarlos.

Leer: Trabajaen 

Personas Trabajadoras del Hogar 2022-2023
Personas Trabajadoras del Hogar 2022-2023

Beneficios para las Personas Trabajadoras del Hogar inscritos en el programa del IMSS

Es preciso acotar, que las prestaciones que, incluidas en la Ley de Seguro Social, deben cubrirse ciertos requisitos como cualquier empleado. Los beneficios percibidos son:

  1. Cobertura en enfermedades y maternidad

Esta cobertura incluye la asistencia médica, cirugía, boticaria y hospitalización, para el beneficiario y los miembros de su familia.

  1. Cobertura por accidentes laborales

Ofrece la atención médica, cirugía y hospitalización, además la adaptación de prótesis y ortopedia, procesos de rehabilitación, atención por accidentes o enfermedad de trabajo y costeo por incapacidad.

  1. Cobertura por discapacidad

Este seguro tiene una cobertura para los siguientes riesgos de discapacidad:

    • Imposibilidad para poder subsistir con un trabajo de la misma índole, en este caso se provee una remuneración mayor al 50% de la habitual, la misma será recibida durante el último año de trabajo, y que dicha discapacidad sea consecuencia de una enfermedad o de un accidente no profesional.
    • Muerte del empleado o de la persona que ha sido pensionada por discapacidad.

Observaciones:

Con la finalidad de brindar un seguro de la Persona Trabajadora del Hogar para su retiro, se realiza un ahorro para la cobertura de la pensión de acuerdo con las tres prestaciones antes mencionadas, este ahorro se apertura en la Administración de Fondos para el Retiro (AFORE), que elijamos.

Leer: Bienestar Bolsa de Trabajo

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5 Comments

    1. ¡Es un punto interesante! Parece que el enfoque principal está en proteger los derechos de los trabajadores del hogar, pero también es crucial considerar los derechos de los empleadores. Ambas partes merecen igual protección y apoyo en este plan.

    1. No podemos ignorar la importancia del trabajo doméstico y la necesidad de proteger los derechos de los trabajadores del hogar. En lugar de quitar privilegios y subsidios, deberíamos luchar por una mayor equidad y dignidad laboral para todos. #JusticiaSocial

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