El sistema de pensiones sufrió una reforma hace apenas unos años, que se tradujo en mejoras de la Ley de Seguridad Social y del Sistema de Ahorro para el Retiro. Estos cambios condujeron a una mejora de la calidad de vida general de los trabajadores.
Se trata de cambios indispensables antes de jubilarse. La iniciativa para realizar la modificación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020.
¿Ventajas del sistema de pensiones?
1. Para tener derecho a una pensión garantizada en 2021, los trabajadores requerirían 1,000 semanas cotizadas menos que en 2021. Por lo tanto, en el año 2031 se dispondrá de 1,000 semanas en lugar de 750.
2. Como consecuencia de lo anterior, disminuirá el número de trabajadores a los que se les revocó la pensión porque empezaron a cotizar tarde al plan o tuvieron tramos en los que no cotizaron.
3. Se tendrá en cuenta el ahorro del trabajador, el número de semanas cotizadas, la edad de jubilación y los ingresos, lo que redundará en una mejora de la jubilación.
4. Los pagos del gobierno, las empresas y los trabajadores aumentarán gradualmente del 6.5 por ciento al 15 por ciento del salario base de cotización.
5. La cotización comenzará a aumentar en función de los ingresos base de los trabajadores a partir de 2023 y alcanzará el 15% de los trabajadores en el año 2030.
6. El empleador o la organización para la que presta servicios recaudará donativos sin cobrar dinero adicional a los empleados.
Los empleados tienen la opción de ingresar dinero en una cuenta de ahorro o hacer aportaciones voluntarias.
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Las personas con ingresos modestos recibirán ayuda del gobierno
Según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). Por ello, otorgará una cuota social para aquellas personas que ganen hasta cuatro veces la UMA, la cual aumentará a un nivel superior este año.
Las nuevas políticas pretenden mejorar las pensiones y prestaciones de un mayor número de trabajadores.
En este sentido, los asegurados que tengan sesenta y cinco o sesenta años de edad y cuenten con el número de semanas cotizadas exigido por la Ley del Seguro Social, podrán acceder a pensiones por desempleo a mayor edad. Estos individuos se denominan “jubilados”.
Esta pensión se revisará una vez que la persona amparada haya dejado de cotizar al Seguro Social, se encuentre desempleada y tenga derechos.
De acuerdo con el IMSS, actualmente el tiempo mínimo para cotizar es de 1,000 semanas a partir del 1 de julio de 1997.
Sin embargo, los asegurados que estaban inscritos en el régimen de 1973 antes del 1 de julio de 1997 tienen la opción de elegir entre la Ley del Seguro Social que estuvo vigente hasta el 30 de junio de 1997 o la Ley que entró en vigor el 1 de julio de 1997. Las personas que estaban aseguradas y cotizaban a partir del 1 de julio de 1997 no pueden elegir.
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